A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Natalia Ángel Cabo
✓Claimant Ana Berta Diaz Alvarez Y Otros·Respondent Inspeccion Municipal De Policia De Medina Y Otro
Topics and subtopics of the ruling
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Promiscuo Municipal de Medina (Cundinamarca) y la Sala Primera de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio.
Encontró la Corte que en el presente caso solo se presentó un conflicto aparente porque la primera autoridad realizó un estudio de fondo sobre la integración del contradictorio, en el momento de la admisión de la tutela y, con base en ello, aplicó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 333 de 2021.
Se dirimió la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Promiscuo Municipal de Medina para que, de forma inmediata, continue con el trámite respectivo y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hizo una advertencia a dicho despacho para que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor las normas sobre competencia en materia de tutela y la jurisprudencia constitucional sobre conflictos de competencia en estos asuntos, y, en particular, las reglas reiteradas en la presente providencia y para que, en este sentido, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, remita el asunto para que sea resuelto por las autoridades judiciales previstas en la Ley 270 de 1996, de conformidad con el Auto 550/18.
A los dos operadores jurídicos involucrados se les hizo una advertencia para que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia en sede de tutela con fundamento en la aplicación de reglas de reparto, con el propósito de eliminar las barreras al acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (5 points)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 21 de abril de 2025 por el Juzgado Promiscuo Municipal de Medina, dentro del proceso de tutela presentada por Ana Berta Diaz Álvarez, José Leonardo Ruiz Urrea, Julis Torres Payares, Jorge Edward Bacca Bacca y Yesid Vallejo Mora, a través de apoderado judicial, contra la Inspección Municipal de Policía de Medina, Cundinamarca, y el alcalde de este municipio.
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-5192 al Juzgado Promiscuo Municipal de Medina para que, de forma inmediata, continúe con el trámite respectivo y adopte la decisión a que haya lugar.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Medina que, en lo sucesivo, observe con estricto rigor las normas sobre competencia en materia de tutela y la jurisprudencia constitucional sobre conflictos de competencia en estos asuntos, y, en particular, las reglas reiteradas en la presente providencia. En este sentido, en adelante, siempre que considere que existe un conflicto de competencia en materia de tutela, remita el asunto para que sea resuelto por las autoridades judiciales previstas en la Ley 270 de 1996, de conformidad con el Auto 550 de 2018 de esta Corporación.
- Cuarto. ADVERTIR al Juzgado Promiscuo Municipal de Medina y al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio que, en lo sucesivo, se abstengan de argumentar su falta de competencia en sede de tutela con fundamento en la aplicación de reglas de reparto, con el propósito de eliminar las barreras al acceso a la administración de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Quinto. Por intermedio de la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR a los accionantes y a la Sala Primera de Decisión Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Villavicencio la decisión adoptada en esta providencia.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.